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¿Cómo se emitió en el entorno digital actual?Pues remitiendo una notificación, entiendo que digital por la documentación que he podido ver, a la Generalitat Valenciana. El organismo receptor imprime la notificación y, una vez comprobado el centro al que pertenecía la citada trabajadora, la escanea y envía por correo electrónico al Servicio de Personal correspondiente.Y digo que entiendo que se realizó digitalmente porque la notificación fue enviada a la entidad que tenía el CIF de la que le paga a la trabajadora aunque en el documento señalaba una dirección postal distinta. En este caso, recordar que toda la Generalitat tiene el mismo CIF, sea cual sea la Conselleria o centro de trabajo. Ves y busca.
- ¿Diputación y Generalitat han utilizado el SIR (Sistema de Interconexión de Registros)?
Este es el sistema del que se ha dotado la Administración (como ente general) para que se puedan hacer digitales las comunicaciones entre cualquier tipo de Administración (Central, Autonómica, Local...)
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Guía funcional SIR - dic 2018 |
Con él, la documentación será siempre original o completamente trazable y autentificable, es decir, una resolución del día 1 del mes que sea llega ese mismo día al otro organismo y se puede comenzar el trámite que sea.
En este caso, si se hubiera utilizado, Diputació podría haber enviado la documentación directamente a la Dirección Territorial de Castellón, y así haber agilizado la recepción del embargo.
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www.aeioros.com/administracion/orve |
- ¿Si la documentación ha llegado digitalmente, por qué imprimir y escanear?
Pues esa es la pregunta que me hago casi a diario, La respuesta es fácil: aún estamos demasiado acostumbrados a trabajar en un papel y no en una pantalla. Y esa es una cultura contra la que luchar ha de ser un mantra para las Administraciones (bueno, y cualquier otro ámbito).
Si hubiera llegado digital, se envía en un correo electrónico, por ejemplo. O quizás mejor usar los Registros Departamentales internos de la Generalitat Valenciana, llamadme tiquismiquis. En este enlace accesible de forma abierta podéis ver de qué va.
¿Cómo se remitió?Por carta postal (se supone que certificada). Así, tal cual.Un documento tan importante como el levantamiento de un embargo de salario, por cuanto que si no se cancela el apunte en los programas de nómina se producirá la retención de lo que correspondiera, la Diputació la remite por carta. Ah, eso sí, por carta a la Dirección Territorial correspondiente.
Una vez llegó el documento a la Territorial ¿qué se hizo? Pues registrarla en papel y enviarla por valija física a la unidad de destino. Plas, plas. Otra demora no justificada por la fobia a lo digital. (Incumpliendo, además, lo indicado en el documento que enlacé más arriba).
Y para que os hagáis una idea de los plazos, entre la fecha de firma de la diligencia y la fecha de entrada en Registro, pasaron 9 días. Un plazo lo suficientemente largo como para que la nómina estuviera ya cerrada y el descuento realizado en el salario de la trabajadora.¿Cómo debería haberse hecho?Vuelvo a remitirme al SIR.Se dirigiría la notificación al organismo correspondiente y queda registrado el mismo día. Y una vez se hubiera recibido en el Registro de éste, se remitiría por registro interno al Servicio de Personal correspondiente, y en uno o días días, el levantamiento se hubiera practicado.Pero no. Se decidió (por desconocimiento, desidia o falta de protocolos) que había que hacerlo a la antigua usanza. Y no es porque la Diputació de Castelló no está digitalizada, no tiene sede electrónica o no tiene buenos profesionales.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y su normativa de desarrollo
a) ...
b) ...
c) ...
d) ...
e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Por todo ello, ver esto cuando crees que las cosas se podrían hacer mejor y no poder hacer nada para cambiar el rumbo de otros, desmoraliza, por más que uno intente agilizar trámites y hacerlos más accesibles al personal, a la ciudadanía y a tu Administración.
2 comentarios:
Todos los días con esta pelea, yo creo que la clave es la formación, formación y más formación. No es suficiente con que te den las claves de un programa y allá te las compongas, tampoco es suficiente con una sesión online, necesitamos sesiones presenciales de formación, practicar, poder preguntar dudas que te van surgiendo conforme vas incorporando los trámites digitales a tu día a día, y también necesitamos instrucciones claras.
También es un problema que muchos de los funcionarios son de edad avanzada, que si ya les cuesta escanear algo, imagínate convertir un word en PDF, y te aseguro que a veces no es falta de interés, pero se les hace un mundo.
Y no olvidemos que, al menos la Generalitat, tiene los administrativos más caros de la administración, es decir, tiene a los técnicos haciendo también trabajo administrativo y eso conlleva errores de base.
Yo estoy harta de pedir que no nos notifiquen las cosas al CIF de la Generalitat, porque luego ves y busca, ¿pero qué alternativa hay? yo siempre pido que nos lo notifiquen al DNI del Director Territorial, (que tampoco sé si es correcto porque nadie me lo ha sabido aclarar) o que nos lo comuniquen mediante ORVE que sería lo más directo y como suelo hacerlo yo, pero como te digo no hay unas instrucciones muy claras.
Vaya melón has abierto.
Totalmente de acuerdo con tu comentario. Hace falta formación, y con ella posiblemente dobleguemos un poco la falta de voluntad.
Al respecto de lo último que indicas, notificar al DNI del Director, NOOOOO. A ver, no porque va a su carpeta ciudadana, a él como persona física y no representante de la jurídica.
Desde luego, notificaciones al uso al CIF de la GV no se deben hacer por lo que comentas. Y en los registros de los Ayuntamientos, sobre todo los pequeños, está parte del problema, porque utilizan (utilizaban hace ya tiempo) el módulo de notificación del Registro de Salida para todo el mundo, ya sea física o jurídica. Y no, eso está mal.
Entre Administraciones la obligación es la de utilizar el ORVE, pese a quien le pese.
¡Saludos!
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